
Ley 21.308: Concede Beneficio a Personal de Atención Primaria de Salud
La presente ley tiene por objeto regular las condiciones laborales del personal de atención primaria de salud que señala, en el sentido de establecer que las entidades administradoras de salud municipal que al 30 de septiembre de los años 2021 al 2023, tengan un porcentaje superior al 20% de su dotación de horas contratados a plazo fijo, deberán llamar a concurso interno para ser contratados de manera indefinida y así ajustarse a lo preceptuado en el artículo 14 de la ley N° 19.378.
Dicha disposición, en lo que a esta regulación se refiere, permite la contratación indefinida y a plazo fijo, y en esta última modalidad, para realizar tareas por períodos iguales o inferiores a un año calendario. Asimismo, establece que el número de horas contratadas a través de contrato a plazo fijo no podrá ser superior al 20% de la dotación.
De esta forma, la ley establece quienes tienen derecho a participar de los referidos concursos, las condiciones y requisitos para hacerlo, las entidades a cargo de llevar y resolver estos procesos, como también los criterios de selección.
Finalmente, la ley establece que a través de un reglamento dictado por el Ministerio de Salud, dentro de los noventa días siguientes a la publicación de esta ley en el Diario Oficial, establecerá los mecanismos y plazos para los llamados a concursos, los requisitos para la realización de las distintas etapas, responsables, publicidad y ponderación de los factores a evaluar, entre otros.
Texto completo: https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1155643Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional
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